SE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA DE INGRESOS APLICABLE AL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Fuente: El Peruano
Diario Oficial "El Peruano"
Fecha de publicación: Domingo, 09 de diciembre de 2012.
Fuente: El Peruano
Diario Oficial "El Peruano"
Fecha de publicación: Domingo, 09 de diciembre de 2012.
La nueva escala remunerativa para los oficiales tiene 8 niveles. La máxima remuneración- el 100% de la escala- se alcanza cuando se llega al grado más alto en las instituciones castrenses como general de división (Ejército peruano), vicealmirante (Marina) y teniente general (Fuerza Aérea y PNP).
En la octava escala se ubican el subteniente (EP), alférez de fragata (Marina) y alférez (FAP y PNP) con una remuneración de 25.72% de la escala mayor.
Para los suboficiales se crearon 8 niveles: El técnico jefe superior (EP), técnico superior primero (Marina), técnico superior (FAP) y suboficial superior (PNP) se ubican en el techo de la escala con un 100%.
El sueldo contemplará la remuneración consolidada que agrupa los conceptos de pago permanente, bonificaciones por función administrativa, apoyo operativo, alto riesgo de vida y escolaridad; aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, y las compensaciones por docencia y tiempo de servicio.
Por fallecimiento se concede un subsidio equivalente a 3 remuneraciones consolidadas, independiente del seguro de vida. Para estos requerimientos se destinaron recursos por más de 5,000 millones de soles, y para diciembre se desembolsaron 1,200 millones de soles.
Norma: Decreto legislativo Nº 1133
DECRETO LEGISLATIVO PARA EL ORDENAMIENTO DEFINITIVO DEL RÉGIMEN DE PENSIONES DEL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL
Por medio de este Decreto legislativo se reestructura el régimen de pensiones del personal militar y policial, el mismo que resulta de aplicación a todos los que hayan comenzado la carrera de oficiales o suboficiales a partir de la entrada en vigencia de la norma.
El personal militar y policial que inicia su carrera a partir de la fecha formará parte de un nuevo Régimen de Pensiones, de acuerdo al Decreto Legislativo publicado el último domingo. La norma establece que las pensiones a las que puede acceder son por retiro, por disponibilidad, invalidez y sobrevivencia.
En todos los casos, recibirán 12 pensiones al año- hasta un máximo de 2 UIT por mes-, además de los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, y la bonificación por escolaridad.
Los aportes que deberán hacer los policías y militares con fines previsionales es de 19%, de los que el 13% corresponderá a cada uno y el 6% restante al Estado.
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